El Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de Ley de Publicidad del Sector Público, que fija un tope del 35% de los ingresos netos anuales como máximo que un medio de comunicación podrá percibir del conjunto de las administraciones públicas. La norma, que adapta el ordenamiento español al reglamento europeo sobre libertad de los medios, obliga además a revelar la estructura de propiedad de las cabeceras y establece a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia como organismo sancionador.
El Gobierno de Pedro Sánchez dio luz verde este martes a uno de los proyectos legislativos más esperados por el sector de la comunicación en España. El Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de Publicidad del Sector Público, una norma que establece por primera vez un límite cuantitativo a la cantidad de publicidad institucional que un medio de comunicación puede recibir del Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos. Ese umbral queda fijado en el 35% de la cifra de negocios neta anual del medio o del grupo empresarial al que pertenezca. Los medios que superen ese porcentaje quedarán excluidos de la contratación de publicidad estatal mientras mantengan esa situación. La medida es una de las 31 reformas incluidas en el Plan de Acción por la Democracia que el Ejecutivo lanzó en septiembre de 2024.
El ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, presentó la norma en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros y defendió que el tope del 35% fue «consensuado con el sector» y responde a los parámetros que establecen «todos los informes internacionales» sobre regulación de publicidad pública en medios. «Entenderán que algo más de un tercio ya está bien; no sé yo si un medio que tiene más de la mitad de financiación de una administración pública qué nivel de independencia puede tener», argumentó el ministro, subrayando que el objetivo central de la ley es preservar la independencia editorial de las cabeceras frente a una dependencia financiera excesiva del erario público.
Qué establece el anteproyecto y cómo funciona el tope del 35%
El mecanismo que regula el tope es de aplicación acumulada: el límite no se calcula sobre la publicidad que recibe un medio de una única administración, sino sobre el total de lo percibido del conjunto del sector público, incluyendo los tres niveles —estatal, autonómico y local—. Esto significa que un medio que reciba publicidad simultáneamente del Gobierno central, de varias consejerías autonómicas y de distintos ayuntamientos debe sumar todos esos ingresos para comprobar si supera el umbral. Si la cifra global excede el 35% de sus ingresos netos anuales, no podrá acceder a nueva publicidad estatal. El mecanismo busca precisamente evitar que los medios digitales de pequeño tamaño, con audiencias reducidas y sin ingresos comerciales sustanciales, subsistan casi exclusivamente gracias a la contratación publicitaria de las administraciones.
La planificación y difusión de campañas se realizará de forma preferente a través de medios con «responsabilidad editorial sobre la elección del contenido informativo», según precisa el texto. Quedan fuera de esa preferencia los soportes que no ofrezcan contenidos periodísticos de actualidad. La norma también incorpora nuevos requisitos para los procesos de contratación pública de espacios publicitarios: los medios interesados en difundir campañas del sector público estatal deberán comunicar sus tarifas a la Comisión de Publicidad y Comunicación, que las tomará como precios máximos de referencia. Además, la Secretaría de Estado de Comunicación asumirá funciones de asistencia técnica en la determinación de los criterios de difusión y en el seguimiento de las campañas.
El marco europeo: la ley EMFA como motor de la reforma
La norma española no surge en el vacío, sino que responde a una obligación derivada del derecho comunitario. El Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación, conocido por sus siglas en inglés como EMFA —European Media Freedom Act—, entró en vigor el pasado 8 de agosto de 2025 y es directamente aplicable en los 27 estados miembros de la Unión Europea. Entre sus exigencias figura la de establecer mecanismos que garanticen la transparencia en la distribución de publicidad institucional y que impidan que los medios queden en situación de dependencia financiera respecto a los poderes públicos, una vulnerabilidad que los organismos europeos consideran una amenaza estructural para la independencia periodística.
El EMFA obliga también a divulgar la titularidad de los medios y sus fuentes de financiación pública, lo que conecta directamente con el segundo eje del anteproyecto español: la obligación de que todos los medios, con independencia de su tamaño, hagan pública su estructura de propiedad. Esta medida apunta a evitar que los lectores, oyentes y espectadores desconozcan quiénes son los accionistas o titulares reales de las cabeceras que consumen, algo especialmente relevante en un ecosistema mediático donde la concentración de la propiedad y los conflictos de interés entre grupos empresariales y poder político constituyen una preocupación creciente en toda Europa. España se suma así a los países que ya han transpuesto o adaptado su normativa interna a las exigencias del reglamento comunitario.
Control, transparencia y el papel de la CNMC
El anteproyecto deposita en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la responsabilidad de controlar el registro de medios de comunicación y de sancionar los incumplimientos de la nueva norma. La CNMC, organismo regulador independiente del Gobierno en materia de competencia y mercados, contará con el apoyo de los organismos reguladores autonómicos para el seguimiento del control del gasto publicitario de cada administración territorial. El traslado de la función sancionadora a un organismo técnico independiente es uno de los elementos que el Gobierno presenta como garantía de neutralidad en la aplicación de la ley, en un debate en el que las críticas desde sectores de la derecha han señalado el riesgo de que la norma se convierta en un instrumento de presión sobre determinadas cabeceras.
El texto aprobado este martes abre ahora un largo proceso de tramitación antes de llegar al Congreso de los Diputados. La ley deberá someterse a consulta pública, recibir los informes preceptivos del Consejo de Estado y otros organismos consultivos, y superar el debate parlamentario. La portavoz del Gobierno, Elma Saiz, subrayó que el anteproyecto permitirá adaptar la actuación de las administraciones públicas «al momento actual, con un mayor protagonismo de los medios digitales», una referencia implícita al creciente peso de las cabeceras nativas digitales en el ecosistema informativo y a la necesidad de que la regulación recoja esa realidad. Hasta su aprobación definitiva, el régimen actual de contratación de publicidad institucional sigue vigente.