El magistrado abre juicio oral contra la esposa de Pedro Sánchez por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, después de que la Audiencia de Madrid corrigiera su primera resolución y redujera el alcance de la causa. El Gobierno califica la decisión de «arbitraria e injusta» y denuncia una estrategia de «acoso y deshumanización» contra el presidente y su familia.
El juez Juan Carlos Peinado ha acordado este lunes la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. El procedimiento se celebrará ante un tribunal del jurado y alcanza también a Cristina Álvarez, asesora de Gómez en Moncloa, por un supuesto delito de malversación. La decisión culmina una instrucción iniciada en abril de 2024 y llega cuando al magistrado le quedan menos de siete días para su jubilación.
Peinado ha dictado el auto después de que la Audiencia Provincial de Madrid corrigiera una resolución anterior del instructor. El tribunal confirmó que Gómez podía ser juzgada ante un jurado por tráfico de influencias y malversación, pero dejó fuera otros dos delitos que el magistrado había incorporado a esa vía procesal, corrupción en los negocios y apropiación indebida. También revocó las medidas cautelares impuestas a la investigada, entre ellas la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer periódicamente ante el juzgado.
Una causa iniciada por una denuncia de Manos Limpias
La investigación comenzó hace casi dos años y medio a partir de una denuncia presentada por Manos Limpias, organización dirigida por Miguel Bernad, basada inicialmente en informaciones publicadas en medios de comunicación. Desde entonces, la instrucción se ha ampliado en distintas direcciones y ha generado una prolongada controversia jurídica y política, además de sucesivos recursos de las defensas y pronunciamientos de la Audiencia Provincial que han ido delimitando el perímetro de las pesquisas.
La parte de la causa que llega ahora a juicio se centra, entre otras cuestiones, en la actividad desarrollada por Cristina Álvarez, contratada como asesora de la esposa del presidente en Moncloa. Peinado considera que pudo realizar tareas relacionadas con las actividades profesionales de Gómez, particularmente con la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid. La acusación deberá demostrar ahora ante el jurado que ese eventual uso de recursos públicos reúne los requisitos necesarios para constituir malversación.
En cuanto al tráfico de influencias, la investigación ha examinado las relaciones de Gómez con empresarios y su actividad académica y profesional. El auto de apertura de juicio no supone que los hechos investigados hayan quedado probados ni establece la culpabilidad de Gómez. La Fiscalía ha mantenido durante la instrucción una posición crítica con buena parte de las decisiones de Peinado y solicita la absolución, al igual que las defensas. Las acusaciones populares, entre las que figuran organizaciones como Hazte Oír, sostienen por el contrario que existen elementos suficientes para reclamar penas de prisión.
Una instrucción corregida por la Audiencia
La resolución de este lunes es el segundo intento de Peinado de abrir juicio oral por esta parte de la causa. La Audiencia Provincial anuló parcialmente su primera decisión al considerar que había incluido indebidamente en el procedimiento ante jurado delitos que debían seguir una tramitación diferente. Sin embargo, el tribunal sí avaló la continuación del procedimiento por tráfico de influencias y malversación, una circunstancia relevante ante las críticas que ha suscitado la actuación del instructor.
La Audiencia también levantó las medidas cautelares impuestas por Peinado. En su nueva resolución, el magistrado no acuerda la retirada del pasaporte, comparecencias periódicas ni una fianza para Gómez. Sí reclama a la Agencia Tributaria sus cinco últimas declaraciones del impuesto sobre la renta para conocer su situación económica de cara a las responsabilidades pecuniarias que eventualmente pudieran derivarse del proceso.
La actuación del magistrado ha estado rodeada desde el comienzo por un intenso enfrentamiento institucional y político. Sus decisiones han sido recurridas reiteradamente y algunas han sido corregidas por instancias superiores. Al mismo tiempo, otras resoluciones de la Audiencia han permitido mantener abiertas partes sustanciales de la investigación. La apertura de juicio llega además en los últimos días de Peinado como juez en activo, ya que su jubilación está prevista para el 27 de septiembre.
Moncloa denuncia una estrategia contra Sánchez y su familia
El Gobierno ha reaccionado con dureza al nuevo auto. Fuentes de Moncloa califican la decisión de «arbitraria e injusta» y sostienen que responde a una «intención política» dirigida contra el presidente del Gobierno a través de su entorno familiar. El Ejecutivo encuadra el procedimiento dentro de lo que considera una campaña prolongada de «acoso y deshumanización» contra Sánchez y su familia.
Moncloa sostiene que el procedimiento ha alcanzado un punto que considera difícilmente justificable y contrapone la decisión del instructor con la posición mantenida por la Fiscalía y las defensas. Para el Gobierno, la apertura de juicio constituye un nuevo episodio de una ofensiva política y judicial contra el presidente. Esa interpretación ha sido reiterada durante los últimos años por Sánchez, que ha denunciado la utilización de denuncias y procedimientos judiciales para atacar a familiares de dirigentes políticos.
El Ejecutivo también subraya que las resoluciones de Peinado han sufrido sucesivas correcciones. La Audiencia Provincial, sin embargo, no ha cerrado esta parte de la investigación. En julio confirmó expresamente que los hechos relacionados con los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación podían ser sometidos a un tribunal del jurado, aunque delimitó el alcance de la resolución del instructor y eliminó las cautelares.
El procedimiento entra ahora en una fase distinta. Las acusaciones deberán concretar ante el tribunal los hechos que atribuyen a Gómez y Álvarez y aportar las pruebas con las que pretenden acreditarlos. La Fiscalía y las defensas podrán combatir esas tesis y solicitar la absolución. La apertura de juicio oral establece que existen elementos procesales suficientes para celebrar el juicio, pero será el jurado el que deba pronunciarse sobre los hechos y la eventual responsabilidad penal de las acusadas.