La mayoría del tribunal ha rechazado la ponencia que respaldaba la negativa del Supremo a aplicar la amnistía a Jordi Turull por malversación. La decisión todavía debe plasmarse en una sentencia, previsiblemente en el pleno del 6 de octubre. La doctrina que establezca entonces el Constitucional será aplicable a los restantes dirigentes del procés y puede permitir a Carles Puigdemont regresar a España sin ser detenido.
El Tribunal Constitucional ha dado el paso que puede desbloquear definitivamente la aplicación de la amnistía a Carles Puigdemont y al resto de dirigentes del procés procesados o condenados por malversación. El pleno rechazó este martes la ponencia del magistrado José María Macías que proponía desestimar el recurso de Jordi Turull y respaldar la interpretación con la que el Tribunal Supremo había excluido ese delito de la medida de gracia. La decisión evidencia la posición mayoritaria del Constitucional, aunque todavía no existe una sentencia que conceda formalmente el amparo.
La comunicación oficial del tribunal es especialmente escueta y se limita a confirmar que el pleno «no ha aprobado» la propuesta de Macías. Fuentes jurídicas citadas por EFE y otros medios coinciden, sin embargo, en que el magistrado preparará para el pleno del 6 de octubre una nueva ponencia que recoja el criterio mayoritario y estime el recurso de Turull. Ese mismo día está previsto examinar otra propuesta, elaborada por el presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, sobre el recurso de Dolors Bassa.
La disputa sobre el «enriquecimiento personal»
El conflicto jurídico procede de la interpretación que el Supremo realizó de una de las excepciones de la ley de amnistía. La norma excluye determinadas malversaciones cuando concurra un propósito de enriquecimiento personal de carácter patrimonial. La Sala Penal consideró que esa excepción alcanzaba a Turull, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Bassa, así como a Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, procesados pero no juzgados por permanecer fuera de España.
El razonamiento del Supremo no sostiene que los dirigentes independentistas se apropiaran directamente de dinero público. La Sala entendió que obtuvieron un beneficio patrimonial porque utilizaron fondos de la Administración para financiar actuaciones relacionadas con el procés y el referéndum del 1 de octubre de 2017, evitando así sufragar personalmente esos gastos. Esa interpretación permitió mantener las penas de inhabilitación de los condenados y la causa por malversación contra los procesados en rebeldía.
Macías defendía que esa interpretación no podía considerarse arbitraria o manifiestamente irrazonable y que el Constitucional no debía sustituir al Supremo en la aplicación de la legalidad penal ordinaria. La mayoría del pleno rechazó su propuesta. El contenido exacto de la doctrina alternativa solo podrá conocerse cuando se apruebe la sentencia, pero el resultado de la deliberación anticipa que el tribunal de garantías no considera suficiente la interpretación utilizada por el Supremo para impedir la aplicación de la amnistía.
El 6 de octubre fijará la doctrina
Macías decidió continuar como ponente y elaborar una nueva propuesta ajustada al criterio de la mayoría. Paralelamente, Conde-Pumpido llevará al mismo pleno su ponencia sobre Bassa, también favorable a estimar el amparo. El tribunal deberá decidir cuál de las resoluciones sirve para establecer la doctrina que posteriormente se aplique a los casos restantes.
En total existen siete recursos relacionados con esta controversia. Cuatro corresponden a dirigentes condenados por el Supremo —Turull, Bassa, Junqueras y Romeva— y otros tres a Puigdemont, Comín y Puig, procesados en rebeldía. La doctrina constitucional afectará de forma diferente a unos y otros. Para los primeros puede suponer el levantamiento de las penas de inhabilitación que todavía cumplen. Para los segundos, la aplicación de la amnistía eliminaría el fundamento de las órdenes nacionales de detención vinculadas a la malversación.
La sentencia no tiene por qué conocerse inmediatamente después de la deliberación. Los magistrados que discrepen podrán presentar votos particulares y estos deben incorporarse antes de que la resolución sea notificada. Las fuentes del Constitucional citadas por El País señalan que esos escritos pueden retrasar durante días o semanas la comunicación definitiva al Supremo.
Puigdemont, pendiente del movimiento de Llarena
La principal consecuencia política y judicial afecta a Puigdemont. El expresident mantiene actualmente una orden nacional de detención dictada por el magistrado Pablo Llarena. Hace apenas una semana, el instructor volvió a rechazar la aplicación de la amnistía pese al pronunciamiento previo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al considerar que este no modificaba su interpretación sobre la existencia de un beneficio patrimonial.
La situación puede cambiar cuando el Constitucional establezca su propia doctrina. Fuentes jurídicas citadas por EFE señalan que Llarena prevé aplicarla al caso de Puigdemont sin esperar a que el tribunal de garantías resuelva específicamente el recurso presentado por el expresident. El magistrado podría actuar de oficio o después de una petición de la defensa. El mismo criterio alcanzaría a Toni Comín y Lluís Puig.
También fuentes de la Sala Penal citadas por El País consideran que una sentencia constitucional favorable a los recurrentes conduciría a aplicar la amnistía a los dirigentes afectados. Según esas fuentes, la posibilidad que algunos magistrados habían valorado de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea está descartada.
Junts ha recibido la decisión con satisfacción, aunque evita dar por concluido el procedimiento. Turull calificó el rechazo de la ponencia de Macías como un «paso importante», pero recordó que todavía quedan actuaciones pendientes antes de que Puigdemont pueda regresar sin riesgo de detención. También reclamó al Supremo que aplique ya la amnistía, sin esperar al pleno de octubre, una petición que no se ajusta al calendario procesal previsto.
Hasta que se apruebe y notifique la primera sentencia estimatoria, la orden nacional de detención contra Puigdemont continúa vigente. El siguiente momento procesal decisivo está fijado para el 6 de octubre, cuando el Constitucional examinará las nuevas ponencias sobre Turull y Bassa y podrá establecer por primera vez su doctrina sobre la aplicación de la ley de amnistía a la malversación del procés.