El Eurobarómetro de 2026 sitúa a España como el cuarto país de la Unión Europea con peor percepción de independencia judicial: el 54% de los ciudadanos la considera mala o muy mala, veinte puntos por encima de la media comunitaria. Una investigación con magistrados, catedráticos y miembros del Consejo General del Poder Judicial radiografía los déficits estructurales del sistema en un momento de máxima tensión política.
El debate sobre la independencia judicial en España ha alcanzado una intensidad sin precedentes en la presente legislatura. La causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, instruida por el juez Juan Carlos Peinado y revocada en una decena de ocasiones por la Audiencia Provincial de Madrid y por el Tribunal Supremo, ha concentrado buena parte de la atención pública. Pero el problema es anterior y más profundo: el Eurobarómetro de 2026 revela que más de la mitad de los españoles considera que la independencia de los jueces es mala o muy mala, una cifra que solo superan Bulgaria, Croacia y Grecia en el conjunto de los Veintisiete. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los partidos políticos y la ciudadanía ofrecen diagnósticos que coinciden en el síntoma pero divergen radicalmente en las causas.
La radiografía que emerge de la consulta a una decena de magistrados, catedráticos y miembros y exmiembros del CGPJ apunta a cinco nudos estructurales que explican la desconfianza acumulada: un sistema disciplinario que no funciona, resoluciones sin motivación suficiente, filtraciones judiciales sin castigo, distintas velocidades según el tribunal y la politización cruzada entre el poder ejecutivo y el judicial. Ninguno de los expertos consultados sostiene que exista una conspiración organizada contra el Gobierno, pero tampoco ninguno descarta que el sistema presente déficits graves que alimentan esa percepción.
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España, cuarto peor de la UE en percepción de independencia judicial
El dato de partida es el Eurobarómetro de 2026: el 54% de los ciudadanos españoles considera que la independencia de los jueces es mala o muy mala, frente a una media europea del 34%. Solo Bulgaria, Eslovaquia y Croacia registran porcentajes superiores. En el extremo opuesto, Dinamarca acumula un 88% de percepción positiva y los Países Bajos un 77%. El informe europeo advierte que «un alto nivel de percepción de independencia judicial es vital para la confianza en la justicia», una afirmación que en el caso español adquiere una dimensión política inmediata.
La brecha entre España y sus socios comunitarios no es nueva, pero se ha agudizado en los últimos años. La acumulación de causas que afectan simultáneamente al Partido Socialista Obrero Español (PSOE) —José Luis Ábalos, Santos Cerdán, Leire Díez, José Luis Rodríguez Zapatero— y al Partido Popular (PP) —caso Kitchen, caso González Amador— ha convertido los tribunales en escenario permanente del debate político. Miembros del poder judicial consultados se quejan de la judicialización de la política; dirigentes políticos denuncian la politización de la justicia. Algunos van más allá y sugieren una conspiración para derribar al Gobierno sin pasar por las urnas, una tesis que los expertos consultados rechazan de forma mayoritaria.
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El sistema disciplinario que no funciona
El mecanismo previsto para corregir las conductas inadecuadas de los jueces presenta déficits que los propios miembros del CGPJ reconocen. «El sistema disciplinario no funciona», afirma un vocal del órgano de gobierno de los jueces. «Pese a que tiene la finalidad y el deber de representar al ciudadano frente a las conductas inadecuadas de los jueces, la realidad es que muchos de los que están en esa comisión lo que hacen es representar a los propios jueces y sus intereses», añade. En España hay unos 5.800 jueces. La última memoria publicada del CGPJ recoge que su comisión disciplinaria adoptó 17 acuerdos e impuso sanciones en 15, entre ellas seis suspensiones de funciones de entre 20 días y cinco meses, y nueve multas de entre 400 y 2.500 euros.
Las cifras ilustran la escasa capacidad disuasoria del sistema. La comisión disciplinaria del CGPJ decidió recientemente no sancionar al juez Manuel Ruiz de Lara por llamar «Barbigoña» a la esposa del presidente del Gobierno en la red social X, al considerar que lo había hecho como «mero ciudadano». Vocales progresistas emitieron un voto particular señalando el efecto negativo de esa decisión sobre la apariencia de imparcialidad de los jueces. El mismo magistrado había calificado previamente de «psicópata» al presidente Sánchez. Cuando hay sanciones, algunas se anulan por prescripción: el CGPJ suspendió de sus funciones a Juan de Dios Anguita por juzgar casos en los que se dirimían intereses económicos propios, y el Tribunal Supremo anuló la decisión un año después por haber sobrepasado los plazos.
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Resoluciones revocadas y el problema de la motivación
La instrucción del juez Peinado en la causa contra Begoña Gómez ha generado un debate específico sobre la calidad de la motivación de las resoluciones judiciales. La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado sus decisiones en una decena de ocasiones, con formulaciones como «carece de la motivación necesaria» o «es prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental». El Tribunal Supremo también intervino cuando Peinado quiso imputar al ministro Félix Bolaños, aforado, al señalar que «no hay el más mínimo respaldo indiciario». El propio juez abrió un expediente disciplinario al sugerir que los agentes que escoltan a la esposa del presidente podrían colaborar en su eventual fuga.
El catedrático de Derecho Penal Manuel Cancio señala que el problema de Peinado «es que no fundamenta sus resoluciones», aunque advierte que el caso ilustra un fenómeno más general: «A veces hay varias soluciones dentro de la norma, pero la regla más importante es razonar por qué se decide en un sentido u otro». El magistrado Joaquim Bosch, de la asociación Jueces para la Democracia, recuerda que el sistema de revisión existe precisamente para estos casos: «Una instancia superior puede revocarla». Para Bosch, «al juntarse procedimientos con elementos discutibles, como la condena al ex fiscal general o el caso de Begoña Gómez, con causas en las que hay una justificación más que suficiente para investigar, como los casos de Zapatero y Leire Díez, hay quien mezcla y lo presenta como una gran conspiración judicial contra el Gobierno. Yo creo que no existe».
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Filtraciones sin castigo y juicios mediáticos paralelos
Uno de los déficits más señalados por los expertos es la ausencia sistemática de consecuencias para quienes filtran información de investigaciones judiciales en curso. Cancio describe España como «una anomalía comparada con otros países del entorno donde no se conoce nada en la fase inicial de una investigación». Las filtraciones generan lo que el catedrático denomina «un juicio mediático paralelo» que condiciona la percepción pública antes de que exista sentencia. La solución, a su juicio, no pasa por perseguir a quienes publican la información sino a quienes la facilitan.
El caso del ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, condenado por revelación de secretos en el caso González Amador, sirve de referencia en este debate. La sentencia describe como hecho probado que fue «necesariamente» el fiscal o alguien de su entorno inmediato quien filtró la información que dio origen al proceso. El acusado y varios periodistas lo desmintieron durante el juicio. Cancio sitúa esa condena como uno de los hitos que han consolidado «la percepción de sesgo político en la justicia». El expediente abierto por el juez Calama para investigar la filtración de información sobre Zapatero es, según el catedrático, el tipo de reacción que debería generalizarse.
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Distintas velocidades: carga de trabajo o sesgo político
La percepción de que algunos casos avanzan más rápido que otros según a quién afectan es uno de los argumentos más recurrentes en el debate político. Los expertos consultados coinciden, sin embargo, en que la explicación principal no es el sesgo político sino la desigual carga de trabajo entre tribunales. «Aunque puede haber excepciones», señala Bosch, «en líneas generales hay una justificación: el Supremo no tiene la sobrecarga de la jurisdicción ordinaria». El magistrado pone un ejemplo concreto: la instrucción por delito fiscal contra el novio de Isabel Díaz Ayuso y la causa contra Begoña Gómez «empezaron y han terminado casi a la par».
Cancio apunta a la Audiencia Nacional como caso extremo de saturación institucional: «Es un órgano hipertrofiado. Está juzgando al exministro Fernández Díaz por algo de hace 13 años y eso es un escándalo si es culpable y también si es inocente». El caso Kitchen, la trama de espionaje al extesorero del PP Luis Bárcenas, se está juzgando 13 años después de los hechos. Ábalos, en cambio, ha sido condenado a 24 años de cárcel por el Supremo en un plazo notablemente más breve, en parte porque su condición de aforado aceleró los tiempos procesales. La desigualdad de velocidades existe, pero los expertos advierten de que atribuirla a una voluntad política coordinada requiere pruebas que ninguno de ellos considera acreditadas.