Portugal prohíbe ocultar el rostro en espacios públicos y establece multas de hasta 3.000 euros

23 septembre 2026 - 09:01

La denominada «ley del burka» entra en vigor este miércoles en Portugal. La nueva legislación, impulsada inicialmente por el partido Chega, contempla excepciones por razones sanitarias, profesionales y de seguridad, además de sanciones penales para quienes obliguen a otra persona a cubrirse el rostro.

Portugal aplica desde este miércoles una nueva legislación que prohíbe ocultar el rostro en espacios públicos, con multas que pueden alcanzar los 3.000 euros. La Ley 58/2026, conocida popularmente como «ley del burka», entra en vigor treinta días después de su publicación en el Diario de la República y establece un marco general para la identificación de las personas en lugares de acceso público.

Aunque el debate político que acompañó su aprobación se centró principalmente en el uso del velo islámico integral, el texto no menciona expresamente el burka, el niqab ni ninguna confesión religiosa. La prohibición se refiere a las prendas destinadas a ocultar el rostro o dificultar su identificación.

La medida se aplica en calles, plazas, establecimientos abiertos al público, instalaciones destinadas a servicios públicos y otros espacios de acceso general. También alcanza a acontecimientos deportivos, manifestaciones y concentraciones.

Excepciones y sanciones

La legislación contempla excepciones cuando la ocultación del rostro esté justificada por motivos sanitarios, profesionales, artísticos, publicitarios, de seguridad o por las condiciones meteorológicas. También quedan excluidos los aviones, las instalaciones diplomáticas y consulares, los lugares de culto y otros espacios considerados sagrados.

Las sanciones económicas oscilan entre 150 y 750 euros cuando la infracción se comete por negligencia y entre 400 y 3.000 euros cuando existe intencionalidad. Las fuerzas de seguridad serán responsables de detectar las infracciones, mientras que los ayuntamientos tramitarán los expedientes y aplicarán las multas correspondientes.

La ley incorpora, además, disposiciones contra la imposición del velo integral. Quienes obliguen a otra persona a ocultar su rostro mediante amenazas, violencia, coacción o abuso de autoridad, por razón de su sexo, podrán enfrentarse a penas de hasta dos años de prisión o a una multa penal. Las penas se agravan cuando la víctima es menor de edad.

Un nuevo capítulo del debate europeo

La iniciativa fue presentada por Chega, partido de derecha radical y principal fuerza de oposición portuguesa, y posteriormente modificada durante su tramitación parlamentaria. El Parlamento la aprobó el 17 de julio y el presidente de la República, António José Seguro, la promulgó el 18 de agosto.

La entrada en vigor de la norma sitúa a Portugal entre los países europeos que han establecido restricciones generales a la ocultación del rostro en espacios públicos. Sus defensores destacan los argumentos de seguridad, identificación y protección frente a la imposición de determinadas prendas, mientras que sus críticos plantean interrogantes sobre la libertad religiosa, la proporcionalidad de las sanciones y sus posibles efectos sobre las mujeres musulmanas que utilizan velo integral.

El alcance práctico de la legislación dependerá ahora de su aplicación por las fuerzas de seguridad y las autoridades municipales, especialmente en los casos en que puedan entrar en conflicto las exigencias de identificación y el ejercicio de las libertades individuales.

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