El Ministerio de Inclusión acaba de publicar un informe propio sobre los efectos del proceso de regularización que arranca hoy. El documento, apoyado en datos del Instituto Nacional de Estadística, del Ministerio del Interior y de estudios académicos revisados por pares, analiza el impacto esperado sobre el empleo, los servicios públicos, la vivienda y los flujos migratorios.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicó esta semana un documento de trabajo de 13 páginas que sistematiza el argumentario económico en favor de la regularización extraordinaria que arranca hoy. La fuente es institucional: el propio organismo promotor de la medida, lo que implica un encuadre favorable que este análisis asume con transparencia. Los datos cuantitativos que contiene proceden de fuentes de alta credibilidad: el Instituto Nacional de Estadística (INE), el Ministerio del Interior, la agencia Frontex y estudios revisados por pares en revistas científicas de referencia.
El informe aborda cuatro ámbitos de impacto: el mercado laboral, los servicios públicos, el acceso a la vivienda y la evolución de los flujos migratorios irregulares. Sus conclusiones cuestionan varios de los argumentos centrales del debate político y están respaldadas, en su mayoría, por investigaciones publicadas en publicaciones científicas de referencia. La ministra de Inclusión, Elma Saiz, calificó la medida de «uno de los grandes hitos» de la legislatura y definió el despliegue administrativo como «un operativo muy meditado, pero también muy organizado».
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Medio millón de personas, dos vías de acceso
Cerca de 500.000 personas podrían beneficiarse del proceso, articulado en dos vías diferenciadas. La primera, la Disposición Transitoria quinta del Real Decreto 1155/2024, afecta a unos 300.000 solicitantes de asilo con resolución pendiente. La segunda, la Disposición Transitoria sexta, abarca a unas 200.000 personas en situación irregular que acrediten presencia en España desde antes del 31 de diciembre de 2025. El proceso ha sido dimensionado con capacidad para tramitar 752.250 expedientes, un margen del 150% sobre los beneficiarios estimados, para absorber solicitudes duplicadas o incumplimientos de requisitos.
Los perfiles de ambos colectivos difieren en composición pero coinciden en un dato central: la mayoría ya trabaja. De los solicitantes incluidos en la primera vía, el 65% de quienes están en edad de trabajar ya cotiza a la Seguridad Social; en la segunda, el porcentaje asciende al 61%. Desde 2023, más de 100.000 nuevas afiliaciones en la Seguridad Social corresponden a personas que accedieron a alguna figura de regularización anterior. El contrato indefinido a tiempo completo es la modalidad dominante, con un 46% del total de esos vínculos laborales.
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El mercado laboral: 156.000 vacantes y efecto complementariedad
La regularización no introduce competencia laboral nueva; formaliza la que ya existe en la economía informal. Un estudio publicado en 2025 en el Journal of Labor Economics por los investigadores Elias, Monras y Vázquez-Grenno, centrado en la regularización española de 2005, concluye que el proceso no redujo el empleo ni los salarios de los trabajadores nativos con menor cualificación y generó mejoras para los más cualificados. El mecanismo explicativo es el denominado efecto de complementariedad: perfiles laborales distintos no compiten entre sí, sino que se refuerzan, lo que se traduce en mayor productividad global.
La economía española convive con 156.000 vacantes sin cubrir, principalmente en hostelería, construcción y sector primario. El 45,6% de las empresas declara la escasez de mano de obra como factor que limita su actividad, porcentaje que supera el 56% en los sectores de mayor concentración de beneficiarios del decreto: el 17% de los titulares de arraigo trabaja en hostelería, el 13% en construcción y el 13% en comercio. La regularización ordena una contribución que ya existe sin reconocimiento fiscal ni laboral formal, sin introducir oferta donde antes no la había.
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Servicios públicos: ya los usan, y contribuirán más
El argumento de que la regularización incrementará la presión sobre los servicios públicos choca con un dato estructural: las personas beneficiarias ya residen en España y ya utilizan esos servicios. Además, ya están incluidas en el padrón municipal, que es la base de los cálculos de financiación autonómica para educación, sanidad y prestaciones sociales. La regularización no suma nuevos usuarios al sistema; cambia el estatus administrativo de quienes ya están dentro, al tiempo que los convierte en contribuyentes formales que financiarán los mismos servicios que ya consumen.
El mismo estudio sobre la regularización de 2005 documenta que el proceso no tuvo efectos significativos sobre las matriculaciones educativas ni sobre las altas hospitalarias. El dato más relevante en términos fiscales es que cada persona regularizada generó más de 4.400 euros anuales en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y cotizaciones a la Seguridad Social. El Ministerio califica este efecto como «positivo y persistente en el tiempo», y aplicado a la escala actual del proceso —medio millón de personas—, el impacto en los ingresos públicos sería estructuralmente significativo.
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Vivienda: no añade demanda nueva, ordena la existente
Los críticos del decreto señalan la presión adicional que ejercerán los beneficiarios sobre el mercado residencial. El argumento del Ministerio es que esa presión no es adicional: las personas regularizables ya viven en España, ya pagan alquiler o comparten vivienda y ya forman parte de la demanda residencial actual. La regularización cambia su estatus administrativo sin alterar el parque de viviendas disponible. Según el INE, la proporción de hogares en régimen de alquiler es cinco veces mayor entre la población extranjera que entre los nacionales, y ese colectivo soporta mayor hacinamiento y peor estado de las viviendas.
Lo que la regularización sí modifica es la capacidad de estas personas para formalizar sus relaciones de vivienda: podrán firmar contratos de alquiler a su nombre, presentar una nómina como aval o domiciliar el pago en una cuenta bancaria propia. Estas herramientas jurídicas básicas no crean nueva demanda pero sí reducen el margen para los abusos que caracterizan la situación residencial de muchos extranjeros en situación irregular. El decreto no otorga acceso a vivienda social ni a ayudas específicas para colectivos migrantes: las personas regularizadas accederán, como hasta ahora, al mercado privado.
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Flujos migratorios: la evidencia descarta el efecto llamada
El principal argumento de la oposición al decreto sostiene que la regularización incentiva nuevas llegadas irregulares. Los datos disponibles no lo respaldan. Las llegadas irregulares a España entre enero y marzo de 2026 cayeron un 48,1% respecto al mismo periodo de 2025, pasando de 11.988 a 6.218 personas, según el Ministerio del Interior. Los datos de Frontex, la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, no registran tampoco un aumento diferenciado en las rutas del Mediterráneo Occidental o del África Occidental respecto a otras vías migratorias europeas.
El precedente más relevante es la regularización española de 2005, que afectó a más de 577.000 personas. El número medio de extracomunitarios en los años posteriores al proceso fue inferior al de los años anteriores: el patrón histórico descarta el efecto llamada. La razón es estructural. Estos procesos exigen acreditar presencia antes de una fecha de corte —en este caso, el 31 de diciembre de 2025—, lo que el Ministerio describe como «el mecanismo que neutraliza cualquier incentivo» de llegada posterior al anuncio: quien llegara a España después de esa fecha no puede acogerse al proceso.