La reforma de las leyes de dependencia y discapacidad amplía los servicios, elimina incompatibilidades y refuerza el derecho a permanecer en casa si así se desea. La teleasistencia será universal, el Estado deberá asumir la mitad del gasto certificado por las comunidades y los plazos de atención se reducen. El nuevo marco incorpora además avances en accesibilidad y compatibilidad entre prestaciones y empleo.
El Congreso ha dado su aprobación definitiva a la mayor reforma de la Ley de Dependencia desde su nacimiento hace 20 años. La modificación alcanza también a la legislación sobre discapacidad y cambia tanto los servicios disponibles como la forma de financiarlos. El objetivo declarado es sustituir un sistema demasiado rígido por otro que permita a las personas decidir con mayor libertad cómo quieren ser cuidadas y permanecer en su domicilio, su barrio o su pueblo siempre que resulte posible.
El cambio llega acompañado de una fuerte ampliación de los recursos públicos. El Gobierno ha aprobado 6.200 millones de euros adicionales para 2026 y 2027 y la nueva regulación obliga al Estado a financiar el 50% del gasto certificado por las comunidades autónomas. El reto será convertir esos recursos y los nuevos derechos en atención efectiva. Más de 255.000 personas esperan actualmente algún procedimiento relacionado con la dependencia y la demora media supera los 300 días.
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Las personas dependientes podrán combinar más servicios y elegir sus cuidados
Uno de los principales cambios consiste en eliminar incompatibilidades que obligaban a elegir entre diferentes prestaciones. Una persona que acude a un centro de día podrá recibir también horas de ayuda a domicilio si las necesita. Las restricciones fueron introducidas en 2012 y todavía continúan vigentes en muchas comunidades autónomas, que dispondrán hasta 2030 para adaptar sus normativas al nuevo modelo.
La reforma busca que las decisiones respondan en mayor medida a las preferencias personales y no exclusivamente a los recursos disponibles. Para las personas con grados II y III se crea una prestación o servicio transitorio cuando no puedan acceder inmediatamente a la opción que les corresponde. Si alguien desea permanecer en una residencia de su localidad y no existe plaza, por ejemplo, podrá recibir provisionalmente ayuda a domicilio en lugar de verse obligado a trasladarse a otro centro para no quedarse sin atención.
También se amplía quién puede prestar determinados cuidados. La prestación económica destinada al entorno familiar podrá llegar a personas pertenecientes al círculo afectivo que no sean familiares en sentido estricto, como una pareja no casada o amigos. El cambio adapta la norma a estructuras familiares y redes de apoyo más diversas y pretende proporcionar mayor capacidad de elección a quien necesita los cuidados.
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La teleasistencia será universal y los centros de día saldrán de sus instalaciones
Todas las personas con una situación de dependencia reconocida tendrán derecho a teleasistencia. El servicio deberá utilizar tecnologías y dispositivos avanzados, entre ellos sistemas que permitan localizar a los usuarios, y tendrá como finalidad favorecer su seguridad y permanencia en el domicilio. La ley establece además que será una prestación complementaria, por lo que no podrá utilizarse como único recurso cuando la persona necesite otros apoyos.
Los centros de día también cambiarán su funcionamiento. Además de atender a quienes acuden regularmente a sus instalaciones, podrán prestar servicios a personas que viven en domicilios próximos. Una persona mayor que vive sola podría recibir desde el centro comidas u otros apoyos sin necesidad de convertirse en usuaria presencial. La reforma concede especial importancia a esta posibilidad en las zonas rurales, donde la dispersión de la población dificulta el acceso a determinados servicios.
La ayuda a domicilio podrá extenderse igualmente fuera de la vivienda. Los profesionales podrán acompañar a las personas dependientes para realizar actividades cotidianas, como hacer la compra o determinadas gestiones. Se incorporan asimismo nuevos servicios, entre ellos el préstamo de productos de apoyo como sillas de ruedas o andadores. El propósito común es construir la atención alrededor de la vida cotidiana de cada persona en lugar de obligarla a adaptarse a un catálogo rígido de prestaciones.
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El Estado deberá financiar la mitad del sistema
La reforma introduce un cambio sustancial en una de las disputas que han acompañado a la Ley de Dependencia desde su creación. La Administración General del Estado quedará obligada a aportar el 50% del gasto certificado por el conjunto de las comunidades autónomas, que son las competentes para gestionar el sistema. Hasta ahora habían asumido la mayor parte del coste. En 2024, la aportación estatal representaba aproximadamente el 27%.
Derechos Sociales prevé alcanzar el nuevo reparto del 50% en 2027. El cambio viene acompañado de una inyección de 6.200 millones de euros entre este año y el próximo, aprobada por el Gobierno mediante un real decreto ley en junio. Según los cálculos del ministerio, la inversión estatal en dependencia será en 2027 prácticamente el doble que en 2025. La nueva financiación tampoco se plantea como una aportación extraordinaria que desaparezca automáticamente una vez ejecutada, ya que modificar el sistema requerirá una norma con rango de ley.
El PP ha cuestionado durante la tramitación que los recursos sean suficientes para garantizar los nuevos derechos y ha acusado al Gobierno de generar expectativas que pueden no cumplirse. La financiación será determinante porque son las comunidades las que deberán desplegar buena parte de los nuevos servicios. El Congreso había aprobado el proyecto en julio con 179 votos a favor, 33 en contra de Vox y 137 abstenciones del PP. En la votación definitiva se examinaron las enmiendas procedentes del Senado, no nuevamente el conjunto de la ley.
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De más de 300 días de espera a un máximo de tres meses
La ampliación de derechos se enfrenta a uno de los problemas estructurales del sistema. Más de 255.000 personas aguardaban en junio algún procedimiento relacionado con la Ley de Dependencia, según la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales. La demora media supera los 300 días. El nuevo marco reduce a tres meses el plazo previsto para atender a las personas, frente a los seis establecidos hasta ahora.
El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, ha fijado objetivos todavía más ambiciosos para la denominada lista de espera. El Gobierno pretende reducirla a la mitad durante 2027 y hacerla desaparecer en 2028. La financiación adicional y el incremento de las transferencias a las comunidades deberían facilitar esa reducción, pero esos plazos constituyen compromisos del Ejecutivo y no una consecuencia automática de la aprobación de la reforma.
Reconocer un plazo legal tampoco elimina por sí mismo las diferencias territoriales en la gestión de la dependencia. Las comunidades deberán adaptar sus normativas, disponer de profesionales suficientes y desarrollar los servicios previstos para transformar los nuevos derechos en prestaciones efectivas. La reforma proporciona más financiación y modifica las reglas, pero su aplicación requerirá varios años y dependerá en buena medida de la capacidad de cada administración autonómica.
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La discapacidad gana derechos, pero quedan cosas pendientes
Los cambios afectan también a las personas con discapacidad. La accesibilidad universal se reconoce como un derecho que podrá reclamarse ante las administraciones y otras instancias. La modificación de la Ley de Propiedad Horizontal refuerza además los supuestos en los que deberán realizarse obras para garantizar la accesibilidad en edificios privados, como la instalación de rampas o ascensores. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad calcula que unas 100.000 personas permanecen aisladas en sus viviendas por barreras de este tipo.
Otra modificación permite compatibilizar el trabajo con una prestación o servicio de atención a la dependencia, una incompatibilidad que perjudicaba especialmente a determinadas personas con discapacidad. También se reducirá burocracia mediante una pasarela administrativa que permitirá reconocer directamente grados del 33% o del 65% de discapacidad cuando la persona tenga ya reconocido el correspondiente grado de dependencia.
La reforma deja, sin embargo, una cuestión pendiente. No se ha eliminado el límite de 26 años para la prestación destinada al cuidado de hijos con cáncer u otras enfermedades graves cuando existe gran discapacidad. El Gobierno vetó por razones presupuestarias la enmienda que pretendía modificarlo, una decisión criticada por PP, Vox, Junts, PNV y ERC, entre otros grupos. El Ministerio de Inclusión ha anunciado una nueva iniciativa legislativa para revisar ese límite, pero esa modificación no forma parte de la reforma aprobada ahora.