El caso Begoña Gómez: claves del juicio contra la mujer del presidente

21 avril 2026 - 17:09

El juez Juan Carlos Peinado ha decidido procesar a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, junto a la asesora Cristina Álvarez y al empresario Juan Carlos Barrabés, por cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación. Las acusaciones —la Fiscalía y el pseudosindicato Manos Limpias— discrepan en qué delitos deben prosperar y quiénes deben ocupar el banquillo.

La investigación judicial sobre Begoña Gómez ha recorrido un camino largo y técnicamente accidentado desde que el juez Juan Carlos Peinado abriera el procedimiento en abril de 2024. Más de 3.000 folios de actuaciones después, el instructor ha decidido procesarla junto a dos personas de su entorno por cuatro delitos distintos que se solapan en parte y que las propias acusaciones interpretan de forma divergente. La próxima semana, acusaciones y defensas deberán presentar sus conclusiones y recursos como paso previo a la decisión sobre si el caso llega a juicio oral. Estas son las cinco claves para entender qué se dirime.

  1. Qué se juzga: los cuatro delitos imputados

El auto de procesamiento de Peinado contempla cuatro figuras delictivas. El tráfico de influencias castiga a quien, prevaliéndose de su posición, induce a una autoridad o funcionario a adoptar una resolución en beneficio propio o de un tercero. La corrupción en los negocios persigue a directivos, administradores o colaboradores de empresas que buscan ventajas competitivas desleales. La apropiación indebida se produce cuando alguien recibe dinero o bienes ajenos con la obligación de devolverlos pero los incorpora a su patrimonio con ánimo de lucro. La malversación, por último, se aplica cuando una autoridad o funcionario público se apropia de dinero público que le ha sido confiado por razón de su cargo.

La acusación popular que ejerce Manos Limpias ha solicitado diez años de prisión para la esposa del presidente. El abogado Javier Melero, que representa a Gómez, sostiene que su clienta «no está en posición de influir sobre ningún funcionario y menos de esta categoría». Luis Pardo, letrado del partido Iustitia Europa, considera en cambio que el tráfico de influencias es «el delito más grave de la causa» y que «política y penalmente existen indicios» suficientes para sostenerlo. La divergencia entre las dos acusaciones sobre qué cargos deben prosperar es uno de los elementos que complican la resolución del caso.

  1. El nudo del caso: la cátedra y las dos cartas

El origen del procedimiento es una cátedra extraordinaria creada el 30 de octubre de 2020 en la Universidad Complutense de Madrid bajo la denominación Transformación Social y Competitiva. Gómez venía trabajando con la Complutense desde 2014, cuando comenzó a cursar un máster en Fundraising Público y Privado financiado con dinero de empresas colaboradoras —entre ellas Reales Seguros, con 60.000 euros, y Fundación La Caixa—. El empresario y consultor Juan Carlos Barrabés se convierte, según la instrucción, en pieza clave de «la creación, financiación, desarrollo y consolidación» de la cátedra. Ambos se conocieron en junio de 2019 en un evento de sostenibilidad.

Las dos cartas que dan título al artículo de El País son el elemento más comprometedor del sumario. En julio de 2021, una empresa de Barrabés —Innova Next— concurrió a un concurso público convocado por el Ministerio de Transformación Digital. Gómez, como codirectora de la cátedra, envió durante la tramitación dos cartas de apoyo al proyecto de Barrabés. La empresa obtuvo la adjudicación de dos contratos: uno el 20 de julio de 2021 por valor de 7,7 millones de euros y otro el 2 de agosto por 4,4 millones. El juez atribuye la influencia de Gómez no a una intervención directa ante funcionarios concretos, sino a su posición como esposa del presidente del Gobierno. 

  1. Por qué el caso es jurídicamente difícil de encuadrar

El abogado Jaime Campaner, penalista especializado en asuntos de corrupción, sintetiza el problema central: «No hay que confundir las incompatibilidades o el eventual decoro de una conducta con su carácter delictivo». La defensa de Gómez insiste en que la cátedra no era remunerada —solo percibía 15.000 euros anuales por su trabajo como máster— y en que el beneficio de las adjudicaciones recayó sobre Barrabés, no sobre ella. Peinado responde que el beneficio «puede ser indirecto y a favor de un tercero», aunque no precisa de qué manera.

La divergencia entre las acusaciones se extiende también a quiénes deben sentarse en el banquillo. Los letrados que ejercen la acusación popular no están de acuerdo en qué delitos deben ir a juicio ni en qué personas deben ser procesadas. El abogado de Begoña Gómez lleva años repitiendo que la cátedra no era remunerada y que, «en el supuesto de que la malversación existiera», ella no pudo ser partícipe de ese delito. Melero añade que sería necesario establecer una «línea comparativa con otras mujeres de otros presidentes» para determinar si lo investigado constituye «una desviación grosera o algo menor que compromete un plano moral». 

  1. El frente del software

Uno de los flancos más complejos de la instrucción tiene que ver con la marca Transformación Social y Competitiva y con un programa informático vinculado a la cátedra. Peinado sostiene que Gómez «actuó de facto como gestora principal del proyecto» y que registró la marca a su nombre «desviando el activo hacia sus intereses propios en perjuicio» de la Universidad. La Complutense rescindió la cátedra en septiembre de 2024 tras el inicio del procedimiento y se ha personado en la causa como acusación particular porque, según asegura, se enteró del asunto del software por la prensa.

Gómez nunca llegó a registrar el software porque, según la normativa, solo podía hacerlo cuando el proyecto estuviera finalizado. El letrado de la asociación ultraultracatólica Hazte Oír, que ejerce la acusación particular, sostiene que «el software es un activo patrimonial susceptible de explotación económica» y que el dominio web y el control de registros forman parte de «un entramado para asegurar el control de ese activo». La defensa replica que se trató de una «labor puntual» que en ningún caso afectó a la tarea para la que fue contratada y que sus empresas no pusieron un euro para montar la cátedra. 

  1. En qué punto se encuentra el proceso

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado el núcleo de la investigación en dos ocasiones: se negó a archivar la causa al inicio y aceptó añadir el delito de malversación. Es la misma institución que, según la acusación popular, depende de Luxemburgo y ante la que la Agencia Tributaria ha presentado un informe que detecta elementos «adulterados» en la parte técnica de la oferta de Barrabés. El magistrado se apoya también en la declaración del entonces vicerrector Doadrio, quien indicó que la creación de la cátedra fue irregular y que nunca hubo un título superior que la avalara.

Acusaciones y defensas deberán presentar sus conclusiones y recursos como último paso antes de que el juez decida si el caso pasa a juicio oral. El abogado de Gómez, Antonio Cacho, advierte en sus escritos: «Si investigamos por malversación a todos los funcionarios que dediquen más de medio minuto al día de su horario laboral en tareas privadas, incluso de sus superiores, habría que instruir la macrocausa más voluminosa de nuestra historia». La decisión de Peinado, prevista para las próximas semanas, determinará si Begoña Gómez se convierte en la primera esposa de un presidente del Gobierno en sentarse en el banquillo de un tribunal español.

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