El Gobierno ha iniciado la tramitación de un decreto que permitirá regularizar a personas extranjeras que lleven al menos cinco meses en territorio español antes del 31 de diciembre de 2025. El proceso se abrirá previsiblemente en abril y estará vigente hasta finales de junio, con una autorización inicial de residencia de un año. La ausencia de antecedentes penales y la acreditación del tiempo de estancia son requisitos indispensables.
El Gobierno español ha autorizado la tramitación urgente de un real decreto para llevar a cabo una regularización extraordinaria de personas extranjeras que ya se encuentran en España. La medida, anunciada el 27 de enero por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, busca ofrecer «igualdad de derechos» a un colectivo que ya forma parte de la realidad social y económica del país.
La regularización retoma el espíritu de la Iniciativa Legislativa Popular que reunió más de 700.000 firmas y fue respaldada por una amplia mayoría del Congreso de los Diputados. Según Saiz, se trata de «un día histórico» que refuerza «un modelo migratorio basado en los derechos humanos, la integración y la convivencia, compatible con el crecimiento económico y la cohesión social».
Requisitos obligatorios y criterios de elegibilidad
El proceso está dirigido a personas extranjeras que puedan acreditar al menos cinco meses de estancia en España antes del 31 de diciembre de 2025. Este criterio temporal es uno de los pilares fundamentales de la medida y deberá demostrarse mediante documentación fehaciente que certifique la presencia continuada en territorio español durante ese periodo.
Otro requisito indispensable es carecer de antecedentes penales, tanto en España como en los países de origen o en aquellos donde se haya residido previamente. Este certificado es uno de los documentos más críticos del expediente y debe solicitarse con cierta prudencia, ya que su validez caduca a los tres meses desde su emisión. Tramitarlo demasiado pronto podría resultar contraproducente si el documento pierde vigencia antes de que se abra el plazo oficial de presentación.
La norma también contempla a solicitantes de protección internacional que hubieran presentado su solicitud antes del 31 de diciembre de 2025. En estos casos, el proceso de regularización extraordinaria ofrece una vía alternativa para acceder a una autorización de residencia con perspectiva de estabilidad administrativa.
Las familias también quedan contempladas en la medida: el proceso permitirá regularizar simultáneamente a los hijos e hijas menores de los solicitantes que se encuentren en España. En estos casos, el permiso otorgado tendrá una duración de cinco años, superior al año inicial previsto para los adultos.
Calendario y canales de tramitación
El texto del real decreto se encuentra actualmente en fase de audiencia pública, que finalizó el 6 de febrero. Durante este periodo se recogen aportaciones ciudadanas que serán valoradas antes de la redacción definitiva. Posteriormente, el documento será remitido a diversas instituciones para recabar informes, entre los que destacará el del Consejo de Estado, que «otorgará las máximas garantías jurídicas» al texto normativo.
Una vez completados estos trámites, el real decreto pasará nuevamente por el Consejo de Ministros y será publicado en el Boletín Oficial del Estado. Según las previsiones del Ejecutivo, las solicitudes podrán empezar a presentarse a principios de abril de 2026 y el proceso permanecerá abierto hasta el 30 de junio del mismo año.
Los canales de tramitación habilitados incluirán espacios en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, vía telemática y en oficinas de la Seguridad Social. El Ministerio ha habilitado líneas de atención específicas y también es posible realizar gestiones sobre prestaciones a través de la web oficial de la Seguridad Social.
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha aclarado que los ayuntamientos «carecen de información» sobre el proceso y están derivando las consultas a subdelegaciones y delegaciones del Gobierno. Esta circunstancia subraya la importancia de acudir exclusivamente a los canales oficiales del Estado para obtener orientación fiable.
Documentación necesaria y advertencias sobre caducidad
Los beneficiarios de la regularización podrán acceder a una autorización de residencia legal con vigencia inicial de un año. La admisión a trámite de la solicitud permitirá trabajar de manera provisional en cualquier sector y lugar de España, lo que, según la ministra Saiz, «beneficia al trabajador, que gana derechos, pero también a las empresas, que ganan seguridad jurídica».
Transcurrido el primer año, las personas regularizadas podrán incorporarse a las figuras previstas en el Reglamento de la Ley de Extranjería, permitiendo una «integración plena y progresiva en el sistema». Esta transición hacia procedimientos ordinarios constituye una de las claves de la medida para garantizar estabilidad administrativa a largo plazo.
Entre la documentación necesaria destacan certificados de empadronamiento que acrediten la estancia mínima de cinco meses, certificados de antecedentes penales del país de origen y, en su caso, de España, así como cualquier prueba que demuestre la presencia continuada en territorio español antes de la fecha límite establecida.
Las organizaciones especializadas en atención a migrantes insisten en que los documentos con fecha de caducidad no deben solicitarse hasta que se publique el real decreto en el BOE y se confirmen las fechas exactas de presentación. La premura podría provocar que documentación válida pierda vigencia antes de poder ser utilizada en el procedimiento administrativo.
La portavoz del Gobierno recordó que «cuando la realidad social va por delante de la burocracia, el Estado responsable es el que actúa para ordenarla, no el que mira hacia otro lado». Con esta regularización extraordinaria, España aborda un proceso que gobiernos de distintos colores han llevado a cabo desde 1986, reconociendo una realidad migratoria consolidada que requiere respuesta institucional.